Las estibadoras de Bilbao afrontan sanciones por posible vulneración del derecho de huelga

Escrito el 23/03/2021
CtmValencia Somt


Las cuatro empresas estibadoras del Puerto de Bilbao que integran Bilboestiba CPE podrían enfrentarse a una sanción económica de resolverse en su contra el procedimiento administrativo sancionador abierto por las Inspección de Trabajo de Bizkaia, que califica en un informe como “infracción  administrativa  grave en materia de relaciones laborales” diversas actuaciones de contratación de personal realizadas durante la huelga llevada a cabo por los sindicatos a finales del pasado año.


Diario del Puerto

Aunque la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se reconoce no competente para conocer de los hechos denunciados por los sindicatos respecto a eventuales incumplimientos en materia de servicios mínimos, ya que tales facultades corresponden a los órganos jurisdiccionales, bien del orden social o del contencioso-administrativo, sí entra a valorar una posible “vulneración del derecho de huelga por sobredimensionamiento del pedido de personal”, que afecta a CSP Iberian Bilbao Terminal, así como una posible “vulneración del derecho de huelga por contratación  de trabajadores a través de ETT para la realización de tareas complementarias”, que afecta a las empresas Consignaciones Toro y Betolaza , Berge Marítima Bilbao y  Servicios Logísticos Portuarios  (SLP). Bilboestiba CPE, que agrupa a las cuatro empresas estibadoras objeto del expediente, ha declinado valorar, a petición de Diario del Puerto, el informe emitido por la Inspección de Trabajo de Bizkaia.

CSP Iberian Bilbao Terminal habría sobredimensionado sus pedidos de personal, mientras que Toro y Betolaza, Bergé Marítima Bilbao y SLP, habrían contratado personal de ETT para las complementarias

“Pedidos ficticios”

En el primer caso, con relación a la denuncia sobre una eventual vulneración empresarial del derecho de huelga por parte de CSP Iberian Bilbao Terminal mediante la realización de un “pedido ficticio” o “sobredimensionado de personal” en orden a asegurarse, tras la fijación de los correspondientes servicios mínimos, de disponer de un número suficiente de trabajadores puestos a su disposición por Bilboestiba CPE para el normal desarrollo de su actividad económica, la Inspección de Trabajo determina que si se compara  el número de trabajadores pedidos en esas jornadas de huelga con la cifra medía de los mismos solicitados en los meses previos, se observa un incremento de las peticiones especialmente significativo en las jornadas con paros de 24 horas. 

Tal actuación empresarial obedece, a juicio de la Inspección, “a una intencionalidad de reducir a la mínima expresión el ejercicio del derecho fundamental de huelga por parte de los trabajadores”. 

Así, los hechos constatados por la Inspección de Trabajo constituyen “infracción administrativa grave en materia de relaciones laborales”, por lo que ha procedido a incoar procedimiento administrativo sancionador frente a la empresa.

 

 

 

Contratación a través de ETT para las tareas complementarias

Con relación a la contratación de personal a través de Empresas de Trabajo Temporal (ETT) para la realización de tareas complementarias, la Inspección de Trabajo observa en los llamamientos diarios de trabajo que las empresas estibadoras “han ido paulatinamente disminuyendo su petición de trabajadores al CPE para la prestación de servicios comerciales en almacenes y muelles, hasta el punto de haber dejado de solicitar operarios en algún caso”. 

Paralelamente, las empresas habrían comenzado a contratar con diferentes ETT personal para realizar tareas complementarias que no tienen la condición de estibadores portuarios. Trabajo observa en ello “una evidente intencionalidad de  reducir  a la mínima expresión  el ejercicio  del derecho fundamental de huelga por parte de los trabajadores portuarios” y aunque reconoce que las empresas gozan de libertad de contratación, destaca que en las fechas próximas a la convocatoria de huelga los servicios  comerciales se realizaban únicamente con los trabajadores portuarios solicitados a y puestos a su disposición por Bilboestiba CPE, mientras que especialmente en el mes de octubre esas mismas tareas comenzaron a ser realizadas por trabajadores de ETT, “cuyo número diario ha ido aumentando considerablemente a medida que los paros se prolongaban en el tiempo, a la vez que se ha ido reduciendo, en ocasiones hasta cero, el número de estibadores portuarios solicitados  al CPE para estos trabajos”.

 

Actividad “normalizada”

A juicio de la Inspección de Trabajo, estas contrataciones se traducen en la práctica “en la posibilidad empresarial de mantener un desarrollo normalizado de su actividad económica,  contrarrestando así  las alteraciones,  retrasos o incluso imposibilidad de prestación  de servicios a sus clientes a la que se llegaría con ocasión del ejercicio del derecho de huelga por los estibadores”.

Por ello, constituyen una “infracción  administrativa grave en materia de relaciones laborales”, que ha motivado la incoación de procedimientos administrativos sancionadores frente a las empresas Consignaciones Toro y Betolaza, Bergé Marítima Bilbao y Servicios  Logísticos Portuarios (SLP).