Asoport devuelve al V Acuerdo a la inseguridad jurídica e insiste en la desaparición de CPEs

Escrito el 07/07/2022
CtmValencia Somt


La patronal subraya que las empresas no tienen libertad para la organización del trabajo


Diario del Puerto

Para Joaquim Coello, presidente de la patronal de estiba Asoport, los dos grandes valores que se le atribuyen al V Acuerdo Marco han perdido todo su soporte.

En declaraciones ayer a los medios de comunicación, Coello subrayó que, en primer lugar, la redacción final del V Acuerdo (que el presidente de Asoport insistió que presupone que no cuenta con el visto bueno de la CNMC pues si no, habría sido anunciado a bombo y platillo) no garantiza la seguridad jurídica, que ha quedado derribada tras la denuncia presentada el pasado viernes por Asoport en la Audiencia Nacional, para la cual se espera sentencia antes de que termine 2022 y que, si bien “objetivamente es más difícil que la demanda ganada contra el IV Acuerdo, no veo razón por la cual no se falle a favor de lo expuesto”, dijo ayer Joaquim Coello.

En segundo lugar, el modelo consagrado en el V Acuerdo de Centros Portuarios de Empleo (CPE) se estaría tambaleando a las primeras de cambio por cuanto, según insistió Coello, va a haber numerosas salidas de empresas de los CPE y con ello estos van a desaparecer en determinados puertos.

“No habrá movimientos en los grandes puertos de Valencia, Barcelona, Algeciras, Bilbao y Las Palmas, donde tienen un gran peso los terminalistas de contenedores ligados a navieras que no pueden soportar la presión de una huelga y que su prioridad es la operatividad del puerto. Entendemos su situación y entendemos que la capacidad de resistir de ANESCO es muy baja. Ahora bien, otras empresas tienen otras sensibilidades y realidades y por eso prevemos que va a haber salidas y posibles desapariciones en CPEs como los de Huelva, Sevilla, Sagunto, Castellón o Tarragona”, destacó el presidente de Asoport.

Coello insistió en que con el V Acuerdo las empresas no tienen libertad para la organización del trabajo y recordó que los estudios de los que dispone la patronal cifran en un 50% de más los costes laborales de estiba entre puertos españoles del tamaño de Valencia y puertos europeos como el de Amberes, lo que refuerza la diferencia de competitividad de los puertos españoles en costes.

El presidente de Asoport consideró como una posibilidad real que a medio plazo existan dos convenios colectivos de estiba, uno para puertos grandes y otro para más pequeños.

“Si los CPE ya estaban mutualizados, ¿por qué se ha hecho entonces una ley para mutualizarlos?”

Diario del Puerto cuestionó ayer a Joaquim Coello, presidente de Asoport, en torno a una de las grandes polémicas del desayuno informativo sobre el sector de la estiba que tuvo lugar la semana pasada con la presencia de la patronal ANESCO y el sindicato Coordinadora.

Cabe recordar que en el desayuno, el líder del sindicato, Antolín Goya, vino a explicar que como quiera que determinados centros portuarios de empleo (CPE) ya se constituyeron en su día inspirados en su carácter mutualista y como quiera que en estos casos, pese a la nueva reforma legal que reconoce el concepto de los CPE como entidades de base mutualista, no sería necesaria precisamente por estar razón una reforma de estatutos, en el caso de que determinadas empresas quisieran salirse de esos CPE, no estarían amparadas por el periodo transitorio de 2 meses que fija el V Acuerdo Marco para evitar acogerse a los términos fijados para la subrogación en casos de separación.

Pues bien, el presidente de Asoport no dio ayer validez a como se hubieran o no se hubieran constituido en su momento los CPE planteando la siguiente cuestión: “Si los CPE ya estaban mutualizados, ¿por qué se ha aprobado este año una reforma legal para mutualizarlos?”. Para Coello, este planteamiento sindical no tiene consistencia jurídica.

Asoport pretende la nulidad de 23 artículos del V Acuerdo

Cuatrecasas es el despacho que está asesorando a Asoport en la demanda contra el V Acuerdo, presentada el pasado viernes, tal y como adelantó en exclusiva Diario del Puerto. Se pretende la nulidad de 23 artículos.

 

Artículo 6.3. Se rechazan determinadas atribuciones de la Comisión Paritaria Sectorial Estatal.

 

Artículo 11. Se rechaza la limitación de la libertad de empresa para la composición de las manos.

 

Artículo 12 . Se rechaza que se fije un mínimo de 2/3 de contratos indefinidos.

 

Artículo 13. Se rechaza que los trabajadores del CPE tengan prioridad a la hora de doblar turno.

 

Artículo 15. Se rechaza que la oferta de empleo al CPE por parte de la empresa estibadora tenga que ser innominada.

 

Artículo 18. Se rechazan diversas cuestiones relativas a la formación.

 

Artículo 19. Se rechaza que la Comisión Paritaria pueda pronunciarse sobre la promoción de los trabajadores.

 

Artículo 22. Se rechazan las limitaciones a la polivalencia y a la movilidad funcional.

 

Artículo 25. Se rechaza el 50% de la jornada para contratos a tiempo parcial.

 

Artículo 26. Rechaza que la Comisión Paritaria deba ser informada sobre los periodos de prueba.

 

Artículo 27. Rechaza la preferencia de los trabajadores de los CPE frente a los de las ETTs.

 

Artículo 28. Se rechazan los agravios a las ETTs en lo referido al cómputo del nivel de empleo óptimo y la ocupación mínima.

 

Artículo 29. Se rechaza los límite a la contratación hasta agotar la promoción.

 

Artículo 31. Se rechazan algunos de los criterios y medidas para la adecuación definitiva o temporal de la plantilla.

 

Artículo 32. Se rechaza el procedimiento de selección de personal.

 

Artículos 34, 35, 36 y 37. Se rechaza la redacción de la subrogación convencional.

 

Artículo 44. Se rechaza la limitación a la libertad de contratación ante dos turnos de un trabajador el mismo día.

 

Artículo 54. Se rechazan diversas competencias de la Comisión de Formación Sectorial.

 

Artículo 55. Se rechazan las prácticas laborales con antelación a la incorporación.

 

Artículo 63. Se rechaza que el trabajador tenga la última palabra sobre su incorporación tras despido improcedente.